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Se entiende como accidente toda lesión corporal sufrida por el asegurado independiente de su voluntad, por la acción repentina y violenta dé o con un agente externo y que pueda ser determinada por los médicos de manera cierta.
Ambito de la Cobertura
En República Argentina y en todos los países del mundo con los que se mantienen relaciones diplomáticas
PARTICULARIDADES
Las pólizas de Accidentes Personales tienen algunas particularidades que es conveniente remarcar:
La contratación del seguro puede ser a título personal, de esta forma la cobertura es de 24 hs. y el ámbito ("Ubicación del Riesgo") es mundial. En lo que respecta a la designación de beneficiarios, quedan instituídos los herederos legales, salvo que, mediante una nota firmada por el Asegurado, se declararan otros (personas y/o empresas).
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